Hola:-) Eppur si muove 🙂
Yo no entiendo nada de técnica legislativa y técnica de normativa de desarrollo, así que no sé si el decreto es bueno o malo en esos sentidos, pero como cualquier persona, y más si trabaja con información y aplicaciones informáticas constantemente, tengo mis preferencias, y me gusta este decreto por sus intenciones y sus propósitos, sus principios y sus propuestas para la contratación de software, y me gustaría que aunque evidentemente no nos resulta de aplicación porque no entramos en su ámbito…lo usáramos como norte.
Vaya, que me parece imprescindible hacerlo y huir de licencias, etc , en la administración pública e instituciones públicas. Hay que contratar con propiedad del código fuente y con la condición sine qua non de liberación y reutilización del software que usemos.
Esto es algo que lo llevamos diciendo y pidiendo desde hace muchos años con muy escaso éxito…porque es una práctica habitual en algunos países europeos, y algunas comunidades autónomas…Se están construyendo repositorios de software liberado para su reutilización en otras administraciones cada vez con más frecuencia.
El gran handicap es pasar de desempaquetadores de software cerrado a desarrolladores del mismo…para que lo público vuelva a lo público.
Me gustaría además, que estas intenciones se asumieran desde el ararteko como recomendación a todas las administraciones…
Así que no estaría mal que nos la aplicasemos 🙂