Los derechos de las personas en prisión y los derechos de la víctimas: El carácter reparador de la pena (Para Encerrados/as de Lokarri)

por idoiallano
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No he visto entre las primeras conclusiones  del encierro que ayer organizó Lokarri en Vitoria, esta (que, sin embargo, puede que se haya tratado en otras ocasiones en los debates): Las víctimas tienen derecho a la reparación y para las personas que han cometido un delito, el ejercicio de la reparación puede ser una medida de reinserción y resocialización complementaria a la reclusión que genere beneficios individuales y sociales de incalculable valor moral y pacificador.

Este derecho a la reparación que se ha consolidado en el derecho internacional de los derechos humanos como un valuarte para la resolución de conflictos armados internos, suele venir acompañado del derecho a la garantía de no repetición. Es decir, el derecho a la reparación sirve tanto a la víctima como al interés público al tratar de la prevención de futuras violaciones de los derechos humanos.

El derecho a la reparación es enunciado como: “toda violación de un derecho humano da lugar a un derecho de la víctima o su familia a obtener reparación, el cual implica el deber del estado de reparar y el derecho de dirigirse contra el autor”.

Lo que planteo en este caso es, hasta qué punto la pena, o la indemnización  por sí mismas, completan este  carácter reparador al que tiene derecho la víctima. Pero también planteo si la pena no sería más efectiva como reparación si la persona en prisión se involucrase en la reparación del daño causado.

También planteo que  quizás el estado debería de sentirse concernido en la ayuda a esta reparación moral que puede surgir entre el agresor y su víctima.

De hecho estas medidas se están llevando a cabo con éxito no sólo en otros países con conflictos armados sino también en el sistema penal de menores del estado español  en casos como el acoso escolar o violencia entre iguales. Es decir, que es una medida que el propio sistema de mediación penal está incluyendo ya en su campo de actuación.

La reparación de la que aquí hablamos no tiene, sin embargo, porque incluirse dentro de la mediación.

Se trataría de incluir como reparación, y por lo tanto como medida eficaz de reinserción social a la que la víctima tendría derecho, que el culpable reconozca su culpa frente a la víctima y que ésta la acepte, además, por supuesto  de las otras medidas necesarias para restituir a la víctima en sus derechos, y que son ya de sobre conocidas.

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FUENTES

http://www.lokarri.org/index.php/es/actualidad-lokarri/prensa/las-conclusiones-del-encierro-celebrado-hoy-9-de-mayo

“Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones “, anexos al informe final del relator especial, M. Cherif Bassiouni, presentado en virtud de la resolución 1999/33 de la Comisión de Derechos Humanos, sobre “El derecho de restitución, indemnización y rehabilitación de las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos y las libertades fundamentales”. Consejo Económico y Social de la ONU, E/CN.4/2000/62, de 18 de enero de 2000  http://www2.ohchr.org/spanish/law/reparaciones.htm

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14 Responses to “Los derechos de las personas en prisión y los derechos de la víctimas: El carácter reparador de la pena (Para Encerrados/as de Lokarri)”

  1. Es muy interesante lo que planteas, aunque en la práctica, en el caso del terrorismo de ETA, lo veo prácticamente imposible, pues hablamos de delitos «grupales», en los que el asesino no actúa en representación de sí mismo, sino en la de un grupo armado, por lo que su voluntad, aún en el hipotético caso de aceptar, incluso desear, colaborar en la reparación de la víctima, queda diluída en la de la organización que le representa.

    Un saludo.

  2. En un posible diálogo entre la víctima y el victimario debería de manifestarse la voluntad individual de manera progresiva, terapeútica. Si bien la motivación obsesivo-política del delito terrorista parte de un imaginario colectivo, el delito lo comete una persona sólo, y la pena, con reparación o sin ella, es siempre individual. Se trata de reinsertar al individuo y lograr que de modo catárquico se desprenda de su justificación en lo colectivo, porque sólo él es responsable de sus actos y conciencia.

  3. Acabo de leer el post de Nynaeve http://nynaevealmeara.wordpress.com/
    Y es cierto que la empatia por el dolor de todos/as es fundamental. Pero que es de inicio, más importante si cabe, querer, como ella parace que desea, tener esa capacidad y un bue n primer paso es poner en contacto víctimas y victimarios de todo signo y motivación.

  4. Otros post sobre el encierro Faidit

    Paul Ríos

    Lokarri

    Mploco

    Idoia

    Iñaki

  5. Me parece muy interesante lo que planteas sobre la reparación. En mi caso le he dado bastantes vueltas a este asunto y me conformo con una cosa: la mejor reparación para las víctimas es poner las condiciones para que en el futuro no haya ninguna más. Creo que esto queda al alcance de los presos de ETA. Deben ser agentes activos para la prevención de la violencia. Lo que planteas me lo imagino como un objetivo a largo plazo. Si al menos se pudiera conseguir lo que comento creo que ya se habría dado un gran paso.

  6. Quiero que sepas que ha sido clave tu post, para que eso que era sólo una sensación, se materializara en el post que publiqué esta mañana. Lo que te agradezco enormemente, porque apartir de ahí puedo avanzar.

    Quiero que sepas que al leer tu post, no puedo dejar de estar de acuerdo, de hecho creo que has dado en el clavo. De hecho, creo que fue en el acto del Gobierno Vasco, de apoyo a las víctimas de terrorismo dónde fueron tanto víctimas de ETA cómo del GAL o de la triple A dónde se puedo oir la voz de un dolor compartido.

    Eso es sólo un paso, pero me recordó a la pareja (terrorista y víctima) irlandesa que fueron a Euskadi para apoyar el proceso de paz. O una noticia que vi en El País, de una reconciliación todavía mucho mayor. Voy a ver si te lo encuentro y lo enlazo aquí, porque creo que es bueno conocer ese tipo de situaciones que pueden ser un buen ejemplo a seguir.

    Eso sí, lo que me llamó la atención, es que para eso hay que conseguir pasar al siguiente nivel. Traspasar el odio y tener sólo dolor. Ese dolor que no le desarias ni a tu mayor «enemigo».

  7. Lo siento, no soy capaz de encontrar la otra noticia 😦

  8. Hi there, I read your blogs daily. Your humoristic style is witty, keep up the good work!

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